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Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo

COPRESEM R. L. ®; comprometida con el país y dando fiel cumpliendo a su código de ética, asume el compromiso de mantener, Normas, Políticas y Procedimientos, orientadas a identificar y mitigar los riesgos relacionados a Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, previniendo que nuestra Institución sea utilizada como medio para ocultar el origen, propósito y destino de capitales ilícitos de la Delincuencia Organizada.

¿QUÉ ES LEGITIMACIÓN DE CAPITALES?

Es una acción por la cual una persona u organización delictiva a través de distintas fórmulas o métodos, pretenden otorgar apariencia de licitud y legalidad a los cuantiosos fondos o capitales provenientes de actividades ilícitas. La Legitimación de Capitales es conocida también como: Lavado de Dinero, Lavado de Activos y Blanqueo de Capitales.

¿QUIÉNES LEGITIMAN CAPITALES?

Las personas naturales o jurídicas dedicadas a las actividades ilícitas, las cuales requieren del sistema financiero para darle al dinero producto del delito, una apariencia de origen legal.

FASES DE LA LEGITIMACIÓN DE CAPITALES

  1. COLOCACIÓN: Procedimiento utilizado por los delincuentes para deshacerse físicamente del dinero derivado de actividades ilegales, especialmente a través de las instituciones financieras. Ello mediante altos volúmenes de fondos, así como en operaciones al menudeo, al por menor o estructuradas.
  2. PROCESAMIENTO: Consiste en separar los beneficios ilegales de origen ilícito de su fuente, mediante la creación de complejas y a veces sencillas transacciones financieras.
  3. INTEGRACIÓN: Procedimiento utilizado para dar una aparente legitimidad a los ingresos derivados de las actividades delictivas. Si el proceso de encubrimiento es exitoso, la integración permite ubicar el producto lavado dentro del circuito económico y monetario normal, en la cadena comercial de empresas nuevas o ya existentes (ampliadas), de tal forma que, el dinero ingresa al Sistema Financiero aparentando ser fondos obtenidos de un negocio legítimo.

 ¿QUÉ ES FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO?

Es la utilización de fondos lícitos o ilícitos para los siguientes fines: pertenecer, financiar, actuar o colaborar con bandas armadas o grupos de delincuencia organizada con el propósito de causar estragos, catástrofes, incendios o hacer estallar minas, bombas u otros aparatos explosivos o subvertir el orden constitucional y las instituciones democráticas o alterar gravemente la paz pública.

MARCO LEGAL

Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDO/FT), publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.912 en fecha 30 de Abril de 2012.

Ley Orgánica de Drogas, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.510 en fecha 15 de Septiembre de 2010, reimpresa en la Gaceta Oficial Nro. 39.546 en fecha 05 de Noviembre de 2010.

Providencia Administrativa Nº 514, emanada de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora en fecha 18 de Febrero de 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela bajo el Nº 39.621 de fecha 22 de Febrero de 2011.

TISP INFORMATIVOS:

  • Al momento de realizar el proceso de suscripción de la Póliza, suminístrale al intermediario de seguro la información correcta que se encuentra en el formato que le corresponda llenar.
  • Informe sobre el origen y destinos de los fondos.
  • Recuerde realizar una actualización periódica de sus datos.
  • No preste su identidad para suscribir Pólizas a nombre de terceros que no conozca.
  • No aceptes ser representante de un desconocido ante la aseguradora.
  • Si es persona natural suministre copia de la cédula de identidad actualizada y legible.
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